CONAMU
Historia del Consejo Nacional de Mujeres del Uruguay

Es de rigor histórico señalar que en Uruguay la lucha por la emancipación de la mujer tuvo características particulares, distintas a otros países. Individualidades femeninas señalaron los comienzos de una acción que luego absorbió, armonizó y dio coherencia el Consejo Nacional de Mujeres que aportó el esquema organizativo del Internacional.

Y también contamos con “hombres generosos con visión de futuro” que fueron promocionando leyes que nos acercaban paulatinamente a la consagración legislativa de los derechos políticos y civiles en lo que podríamos denominar la primera etapa de nuestras conquistas.

Aprobada en 1907 la ley de divorcio que establecía entre otras causales “por mutuo consentimiento”, luego ampliada en 1910, debemos resaltar el proyecto realmente revolucionario presentado en 1912 por el que se concedía por la sola voluntad de cualquiera de las partes. Y, circunstancia digna de mencionarse fue que, luego de largos debates se aprobó por la sola voluntad de la mujer, a propuesta del Dr. Carlos Vaz Ferreira, eminente filósofo uruguayo, autor del libro “Sobre feminismo”. Dijo el Dr. Domingo Arena que defendía ardorosamente este proyecto en el Parlamento, al aceptarse la fórmula transaccional: “nos lleva hasta donde queremos llegar, desde que en definitiva no queremos otra cosa que la liberación de la mujer dentro del matrimonio”.

Pero esta fórmula original presentada en 1912, ya estaba inserta en los famosos 17 puntos de María Abella de Ramírez, notable feminista uruguaya, maestra, radicada en La Plata, Rep. Argentina, que los presentó en el Congreso Internacional del Libre Pensamiento que tuvo lugar en Buenos Aires en 1906.

En 1911. se aprobó un proyecto de ley referido a la investigación de la paternidad y de los derechos de los hijos naturales,disposiciones ampliadas luego en el Código del Niño.

A partir de ese mismo año distintos proyectos fueron presentados para el reconocimiento de los derechos políticos y civiles. El primero fue el del diputado Héctor Miranda, publicado íntegramente por la revista Acción Femenina editada por el Consejo Nacional de Mujeres. Lo presentó el 14 de julio de 1914.

Al reformarse, en 1916 la Constitución que luego entró en vigencia en 1919, se estableció que se reconocería el voto de la mujer en materia nacional o municipal, cuando fuera aprobado por los dos tercios sobre el total de cada una de las Cámaras.

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